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Jammu y Cachemira

El 18 de abril de 2020, el Ministerio del Interior de Jammu y Cachemira dictó la Orden Gubernamental n.º 29(TSTS) de 2020, por la que se establecían medidas reguladoras para los servicios de Internet con efecto retroactivo a partir del 17 de abril de 2020. Esta directiva imponía el mantenimiento de la limitación de la velocidad de los datos móviles a velocidades de 2G, manteniendo restricciones estrictas sobre la conectividad 4G de alta velocidad a pesar del endurecimiento de las medidas de confinamiento por la COVID-19 y de la necesidad crítica de acceso digital a los servicios sanitarios y educativos.

La emisión de esta orden se produjo en un momento crítico de la pandemia mundial, lo que supuso, en la práctica, un «asedio digital» dentro del confinamiento físico. Mientras que los profesionales sanitarios y los estudiantes solicitaban al Tribunal Supremo de la India el restablecimiento de la red 4G para facilitar la telemedicina y la enseñanza a distancia, el Gobierno justificó la limitación a la red 2G como una medida preventiva necesaria contra el uso indebido de los datos de alta velocidad para coordinar actividades militantes. Esta restricción persistente del ancho de banda durante una emergencia de salud pública ilustra cómo se dio prioridad a los argumentos de seguridad nacional frente al derecho fundamental a la información y a la salud, lo que agravó significativamente la brecha digital para millones de residentes de la región.

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El 18 de abril de 2020, el Ministerio del Interior de Jammu y Cachemira dictó la Orden Gubernamental n.º 29(TSTS) de 2020, por la que se establecían medidas reguladoras para los servicios de Internet con efecto retroactivo a partir del 17 de abril de 2020. Esta directiva imponía el mantenimiento de la limitación de la velocidad de los datos móviles a velocidades de 2G, manteniendo restricciones estrictas sobre la conectividad 4G de alta velocidad a pesar del endurecimiento de las medidas de confinamiento por la COVID-19 y de la necesidad crítica de acceso digital a los servicios sanitarios y educativos.

Orden gubernamental n.º 29 (TSTS) de 2020

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29(TSTS)2020